viernes, 23 de septiembre de 2011

Despidos en Capgemini



ya esta aquí el fin del verano
Despidos en Capgemini


Nadie pone en duda que la actual situación económica esta afectando a todo el sector: ajustes de tarifas, reducción de presupuestos, escasez de clientes, etc.

Ante este panorama existen diversas iniciativas para recortar el gasto. Por desgracia, en la mayoría de ocasiones se opta por la siempre cómoda reducción de plantilla.

Así, en los últimos días, la empresa está realizando despidos disciplinarios con reconocimiento de improcedencia en el mismo acto del despido.

Mediante este procedimiento se indemniza al trabajador con 45 días de salario bruto por año trabajado, con un máximo de tres años y medio de salario, libre de impuestos y sin retención de IRPF. Además, este sistema genera derecho a cobrar la prestación por desempleo.


Si el trabajador decidiera no aceptar el despido, un juez determinaría la nulidad o no del despido, siempre tras la correspondiente denuncia. En caso de que el despido fuera considerado nulo, la empresa estaría obligada a la reincorporación del trabajador y al pago de los salarios que se hayan dejado de percibir.


¿Qué puedes hacer para evitarlo? Por desgracia, en España el despido es prácticamente libre, aunque nunca gratuito y sin limitaciones.


¿Qué pueden hacer vuestros representantes? Ante todo informando de vuestros derechos y ayudando en todo cuanto necesitéis. No hay que olvidar que, frente a un despido, podéis solicitar la presencia de un representante de los trabajadores para que os asesore durante todo el proceso.


¿Cómo podemos ayudaros? Estamos acompañando y asesorando a todos los trabajadores y trabajadoras que han solicitado nuestra ayuda.

Nos aseguramos que todos los despidos se realicen correctamente desde un punto de vista legal, sin discriminaciones y con el mayor beneficio económico posible para los afectados.

También comprobamos que se defienden los derechos de las personas con reducción horaria por guarda legal y para el cuidado de personas dependientes.


¿A que está obligada la Empresa? La Empresa ha de informar de sus intenciones, especialmente cuando afectan al empleo, reducir al mínimo las nuevas contrataciones, eliminar la subcontratación y aprovechar al máximo la rotación existente, como camino natural de reducir coste, minimizando cualquier posible reducción de plantilla.


Entendemos que la empresa tiene una responsabilidad moral y social con todos sus trabajadores, más aún en un año en el que el Grupo Capgemini ha anunciado beneficios operativos a nivel global.

Como conclusión, desde el Comité de Empresa de Capgemini, os recomendamos que, ante situaciones como la presente, solicitéis el asesoramiento de vuestros representantes legales.

2 comentarios:

Cap me pone "bonico" dijo...

Es de suponer que los que tenga un contrato de fomento de la contratación indefinida, solo disfrutarán de 33 días por año. ¿No?

Comité de Empresa dijo...

Bonico,

en efecto, nosotros nos referíamos a la contratación indefinida. Como bien apuntabas, a los contratos de fomento, legalmente sólo les correspondería 33 días por año trabajado.

Sin embargo, hemos de reconocer que, hasta el momento, la empresa siempre ha indemnizado con 45 días por año trabajado a todos los despidos improcedentes, incluidos aquellos con este tipo de contrato.

Por supuesto, si conoces algún caso que se encuentre en esta situación, no dudes en recomendarle que se ponga en contacto con nosotros e intentaremos ayudarle en todo cuanto nos sea posible.

Un saludo.