Como ya venimos anunciando en los últimos comunicados, desde que el pasado mes de Abril la empresa procediera a hacer efectivo el pago provisional de la Absorción de la Antigüedad, se han ido sucediendo los errores.
Así, ya se han recibido comunicaciones avisando del recálculo y deducción por supuestos errores en el pago provisional de la Antigüedad, indicando la cantidad que el trabajador debe devolver a la empresa.
Sin embargo, revisando las diferentes consultas que por este tema hemos recibido en el Comité de Empresa, hemos detectado una serie de irregularidades, que no podemos calificar más que de abusivas y muy graves.
La empresa, en principio, estaría aprovechando el pago provisional de la Antigüedad, para absorber a posteriori las subidas salariales que se hayan realizado tras el inicio del conflicto.
Veámoslo con un ejemplo.
Mejora |
voluntaria |
Salario |
base |
Imaginemos también que, durante 2010 o 2011, hubiéramos devengado Trienio, y por tanto nos hubiera correspondido un incremento en la nómina por Antigüedad. El resultado habría sido:
Inicial | Antigüedad | |
Antigüedad | ||
Mejora | Mejora | |
voluntaria | voluntaria | |
Salario | Salario | |
base | base | |
Sin embargo, en Enero de 2010, la empresa decidió de manera unilateral proceder a la absorción del Complemento de Antigüedad de la mejora voluntaria, con lo que el resultado fue el que sigue:
Inicial | Antigüedad absorbida | |
Mejora | Antigüedad | |
voluntaria | ||
Mejora | ||
voluntaria | ||
Salario | Salario | |
base | base | |
Supongamos ahora que, en algún momento entre dicha absorción y el momento actual, debido a nuestra productividad y buen desempeño, hubiéramos merecido una Subida salarial. Nuestra nómina quedaría así:
Antigüedad absorbida | Antigüedad Absorbida + Subida | |
Subida | ||
salarial | ||
Antigüedad | Antigüedad | |
Mejora | Mejora | |
voluntaria | voluntaria | |
Salario | Salario | |
base | base | |
El fallo de la Audiencia Nacional en el conflicto colectivo presentado por los Comités de Empresa de Barcelona, Valencia, con el apoyo del Comité de Empresa de Asturias, dictaminó que la absorción de la Antigüedad era una práctica ilegal, con lo que la empresa procedió al Pago Provisional de las cantidades absorbidas.
Por tanto, era de esperar que el resultado final después de estos pagos hubiese sido:
Antigüedad Absorbida + Subida | Antigüedad + Subida | |
Subida | ||
salarial | ||
Subida | Antigüedad | |
salarial | ||
Antigüedad | Mejora | |
voluntaria | ||
Mejora | ||
voluntaria | ||
Salario | Salario | |
base | base | |
Pues no ha sido así…
Tal y como os comentábamos al inicio, la empresa, en una maniobra arbitraria e injustificable, estaría absorbiendo las última subidas salariales, para minimizar el impacto de la sentencia de la Antigüedad, quedando:
Antigüedad + Subida | Antigüedad + Subida absorbida | |
Subida | ||
salarial | ||
Antigüedad | Antigüedad | |
Mejora | Mejora | |
voluntaria | voluntaria | |
Salario | Salario | |
base | base | |
Por todo ello, una vez más, desde el Comité de Empresa de Capgemini Valencia recomendamos encarecidamente a TODOS los empleados que reviséis vuestras nóminas y que, ante cualquier sospecha de error, acudáis a nuestra sala para solucionar las dudas que tengáis al respecto.
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